PROMOCIÓN: TARJETAS REVOLVING: RECLAME SIN ADELANTAR DINERO

Miles y miles de asuntos en espera de varios años para poder obtener justicia

Cuando se creó el Juzgado especializado para asuntos relacionados con la nulidad de cláusulas de contratos bancarios, se podía presumir que la dotación de medios que se preveía para la oleada de demandas era claramente insuficiente. Esto se ha visto refrendado desde la práctica procesal. Asuntos en espera de admisión desde hace 4 años, procesos que pueden durar 8 años en resolverse por completo. Es vergonzoso que en una democracia como la nuestra los justiciables se vean impedidos de acceder a una justicia que de respuesta en un plazo razonable a su reclamación.

Pero, ¿Quién tiene la culpa de esto?

A nivel general, el Ministerio de Justicia quien no ha dotado al Juzgado de los medios humanos y materiales necesarios. Las salas de los Juzgados del 101 Bis son tan pequeñas que se dan casos absolutamente surrealistas, salas sin ventilación, los profesionales agolpados en una ridícula sala de espera..

Y a nivel particular, las entidades bancarias, sabedoras que la parálisis del Juzgado beneficia sus intereses, al desincentivar que los ciudadanos pasen por procesos eternos para obtener justicia a sus pretensiones.

Actualmente cuales son los plazos medios de tramitación de la reclamación de gastos hipotecarios, clausulas suelo, clausula multidivisa y otros productos bancarios?

De nuestra experiencia la tramitación de estos expedientes en Madrid pueden tramitarse en un tiempo que media de 2 a 6 años dependiendo si hay recurso de apelación. Aunque han mejorado los ratios de tramitación, gracias al la gestión del Letrado de la Administración de Justicia y funcionarios a pesar de las dificultades.

Especial crítica merece en nuestra opinión la injustificable demora de algunas entidades bancarias en hacer frente a las condenas de devolución dineraria y las continuas trabas procesales, en lo que algunas asociaciones de consumidores como ASUFIN han propuesto que se aplique un recargo del 20% por conductas que rayan la mala fe procesal.

En cualquier caso animamos a los afectados a que reclamen lo que les pertenece.