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§ 02 · Cobertura territorial
Los 21 partidos de Madrid. Sin excepciones.
Cubrimos los 21 partidos judiciales de la Comunidad de Madrid de forma operativa y consistente — Plaza de Castilla, Gran Vía y Capitán Haya en la capital, y los decanatos periféricos por igual. No hay «bajo demanda»: cuando entra un asunto, el partido está cubierto desde el primer día. Un único interlocutor — Francisco José Agudo Ruiz, ICPM nº 2140.
- Madrid (capital)
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Marco legal · Real Decreto 434/2024
Presupuesto y aranceles del procurador en Madrid
Te presupuestamos cada asunto por escrito antes de comparecer, ajustando condiciones al tipo de procedimiento, cuantía, fase y, si procede, volumen estable del cliente. Los honorarios del procurador están regulados por el Real Decreto 434/2024, de 30 de abril (BOE 01/05/2024), norma de obligado cumplimiento que fija los importes máximos aplicables —en la retribución al cliente y en la tasación de costas judiciales— y que autoriza expresamente el pacto por escrito de importes inferiores en supuestos específicos (art. 1.3). En Procura Madrid ese margen se materializa en acuerdos marco con despachos, asesorías y operadores con cartera continua en la Comunidad de Madrid. Respuesta a tu solicitud en 24 horas hábiles.
Condiciones para clientes con volumen
Si tu cartera incluye varios procedimientos al año en la Comunidad de Madrid, trabajamos con acuerdo marco escrito y condiciones específicas, dentro del margen de pacto reconocido en el artículo 1.3 del RD 434/2024.
Perfiles con los que mantenemos acuerdos de este tipo:
- Despachos nacionales o internacionalesque necesitan procurador estable en Madrid.
- Asesorías jurídicasque externalizan la procura para clientes corporativos.
- Operadores con cartera continuarecobro, telcos, utilities, servicing inmobiliario, subastas judiciales.
- Departamentos jurídicos internosde empresas con litigiosidad recurrente en Madrid.
Qué incluye un acuerdo marco con Procura Madrid
- Condiciones económicas específicas pactadas por escrito.
- Plazo de respuesta comprometido (24 h hábiles en apertura, mismo día en plazos críticos).
- Interlocutor único: Francisco José Agudo Ruiz, ICPM nº 2140.
- Reporting periódico de estado de expedientes.
- Portal de cliente con acceso a expedientes, plazos, notificaciones y facturación.
- Cobertura efectiva en los 21 partidos judiciales de la Comunidad de Madrid.
- Cross-link con red ZAR para asuntos fuera de Madrid si lo necesitas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta un procurador en Madrid?
Los honorarios del procurador están regulados por el arancel del RD 434/2024 —norma de obligado cumplimiento— en función de la cuantía del asunto y del tipo de procedimiento. No aplicamos una tarifa cerrada por defecto: presupuestamos cada asunto por escrito, dentro del marco del Real Decreto. En relaciones de cartera continua trabajamos con acuerdo marco escrito con condiciones específicas. Solicítanos presupuesto detallado y te respondemos en 24 horas hábiles.
¿El arancel del procurador es obligatorio?
Sí. El arancel del RD 434/2024 es una norma de obligado cumplimiento que regula los honorarios del procurador en España. Como norma obligatoria, fija los importes máximos aplicables (queda prohibido superarlos) y es el criterio que utilizan los Letrados de la Administración de Justicia para tasar las costas. Dentro de ese mismo régimen obligatorio, el propio Real Decreto autoriza el pacto por escrito entre procurador y cliente para fijar importes inferiores al arancel en supuestos específicos (art. 1.3). En Procura Madrid utilizamos ese margen con clientes que aportan volumen estable.
¿Se puede pactar un precio distinto al arancel?
Sí, dentro del propio marco del arancel obligatorio. El artículo 1.3 del RD 434/2024 reconoce expresamente la libertad de pacto por escrito entre procurador y cliente para fijar importes inferiores al arancel. En Procura Madrid suscribimos acuerdo marco con despachos, asesorías y operadores con cartera continua; en asuntos puntuales sin pacto específico, aplicamos el arancel oficial.
¿Qué incluye el arancel y qué no?
Incluye la retribución del procurador por su actuación profesional. No incluye los suplidos (tasas judiciales, exhortos, edictos, copias, depósitos, peritos), que se reintegran al margen y con justificante (art. 15 y 16 del RD 434/2024). Tampoco incluye el IVA (21 %), que se desglosa siempre en factura.
¿Cómo se calculan los honorarios en procedimientos sin cuantía determinada?
El artículo 3 del Arancel fija un máximo de 351 € en procedimientos sin cuantía determinada o no susceptibles de cuantificación económica.
¿Hay condiciones especiales para abogados o despachos con cartera continua?
Sí. Trabajamos con acuerdo marco escrito cuando el cliente aporta volumen estable de asuntos en Madrid. Las condiciones se ajustan a partir de tu cartera real. Solicítanos propuesta en procesal@procuradornacional.es.
¿Cuándo se paga al procurador?
Habitualmente con provisión inicial al iniciar el asunto (cubre suplidos previsibles y primera fase) y liquidación al finalizar cada fase. En acuerdos marco se factura periódicamente según volumen real.
¿Si gano el pleito, recupero el coste del procurador?
Sí, si hay condena en costas. Los honorarios del procurador se incluyen en la tasación con arreglo al arancel del RD 434/2024 y la parte vencida los reintegra. Si no hay condena en costas, los asume el cliente que contrata.
¿Procura Madrid es el procurador más barato del mercado?
No competimos por precio. Competimos por transparencia económica, presupuesto previo siempre por escrito, reporting de expedientes y un único interlocutor para los 21 partidos judiciales de la Comunidad de Madrid. En asuntos puntuales aplicamos el arancel oficial del RD 434/2024 —norma de obligado cumplimiento—; para clientes con volumen, acuerdo marco específico amparado en el art. 1.3 del propio Real Decreto.
